miércoles, 25 de mayo de 2011

ORDENANZA MUNICIPAL Nº. 008 – 2011 – MDSLC

APRUEBA EL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS AÑO FISCAL 2012 DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS - CAÑETE
LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS– CAÑETE
POR CUANTO:
El Consejo Municipal del Distrito de San Luis , en Sesión Ordinaria del día Martes 17 de Mayo del año 2011, visto el proyecto de Ordenanza Municipal sobre el Proceso del Presupuesto  Participativo Basado en Resultados - Año Fiscal 2012 .
CONSIDERANDO:                                                                                                                                                                      
Que, de conformidad con los Art. 197 y 199 de la Constitución Política del Perú, modificada por la ley de Reforma Constitucional del capítulo XVI del título IV Sobre Descentralización Ley N 27680, señala que las municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local y formulan sus presupuestos con la participación de la población y rinden cuenta de su ejecución, anualmente, bajo responsabilidad, conforme ley .
Que , asimismo la ley N 27783 , Ley de bases de la Descentralización en sus Artículos 17 , 20 y 21 señala , que , los gobiernos locales promueven la participación ciudadana en la formulación , debate y concentración de sus planes de desarrollo y presupuesto  en la gestión pública , así como , se sustentan y rigen por sus presupuestos participativos . que los gobiernos locales promueven la participación ciudadana en la conformación y funcionamiento de espacios y mecanismos de consultas , concertación , control evaluación y rendición de cuentas .
Que, así mismo el artículo IV del título preliminar de la ley Orgánica de Municipalidades , Ley Nº 27972 , señala que los gobiernos locales representan al vecindario , promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo , sostenible y armónico de su circunscripción . Así también el Artículo IX, establece que el proceso de planificación local es integral, permanente y participativo, articulando las municipalidades con los vecinos.
Que, los gobiernos locales son entidades básicas de la Organización Territorial Del Estado Y Canales inmediatos de Participación Vecinal en los asuntos públicos. Las municipalidades se rigen por su Presupuesto Participativo como lo indica el Artículo I del Título Preliminar y el Articulo 53 de la ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.
Que, por Decreto Supremo Nº 171-2003- EF , se aprobó el reglamento de la Ley Nº 28056 – Ley Marco del Presupuesto Participativo , estableciendo en su Primera Disposición final que los Gobiernos Regionales y Locales , preparan y emiten disposiciones complementarias a lo dispuesto en el citado Reglamento y las Directivas que emite la Dirección Nacional de Presupuesto Público con el propósito de facilitar el desarrollo del Proceso participativo .
Que , el artículo Nº 3 de la ley Marco del Presupuesto Participativo , ley Nº 28056 , señala que esta tiene por finalidad recoger las aspiraciones y necesidades de la sociedad para considerarlas en su presupuesto y promover su ejecución , a través de programas y proyectos de modo que les permita alcanzar los objetivos estratégicos de desarrollo humano , integral y sostenible . así mismo optimizar el uso de los recursos , a través de un adecuado control social en las acciones publicas .
Que, el inciso. c) del artículo 1 del Reglamento de la Ley Marco del Prepuesto Participativo, Ley Nº 28056 , señala que el Presupuesto Participativo es un proceso que fortalece las relaciones de Estado – Sociedad , mediante el cual se define las prioridades sobre las acciones a implementar en el nivel del Gobierno Regional o Local con la participación de la sociedad Organizada , generando compromisos de los agentes participantes para la consecución de los objetivos estratégicos .
Que , con resolución Directorial Nº 007- 2010 –EF/ 76.1 , la dirección nacional de presupuesto Publico del Ministerio de Economía y Finanzas aprueba el instructivo Nº 001-2010-EF/76.01, Instructivo para el proceso de Presupuesto Participativo, que establece las orientaciones acerca de la debida programación de las actividades del proceso, así como las acciones en la mejora de las capacidades de gestión y de la efectiva participación de los Agentes participantes en la toma de decisiones entorno al desarrollo de la localidad.
Que , el artículo 1º de la Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública, Ley Nº 27293,señala que la presente ley se crea con la finalidad de optimizar el uso de los recursos públicos destinados a la inversión, mediante el establecimiento de principios, procesos, metodologías y normas técnicas relacionadas con las diversas fases de proyectos de inversión.
Que, mediante la Directiva General del Sistema Nacional de Inversión Publica, Directiva Nº 04 – 2002-EF/68.01 aprobada mediante Resolución Directoral Nº 12-2002-EF/68.01, señala que los Gobiernos Locales tienen observancia obligatoria de las normas que regulan el sistema Nacional de Inversión Publica en la ejecución de proyectos de inversión con recursos públicos.
Que, mediante Resolución Jefatural del Instituto Nacional de Defensa Civil Nº 466-2005-INDECI-2005, aprueba el “Manual de Conocimientos Básico para Comités y Oficinas de Defensa Civil”  documento que reglamenta las funciones del Alcalde y Teniente Alcalde, en el Comité de Defensa Civil; lo mismo que la articulación de política en prevención, gestión y atención de riesgo de desastre en los instrumentos de planificación y gestión participativos de la localidad.
Que ,en  uso de las facultades conferidas por los artículos 20º (Inciso 30), 39 y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, y con la dispensa del trámite de aprobación del Acta, el Consejo Municipal aprobó la siguiente :
ORDENANZA QUE REGLAMENTA EL PROCESO DE CONCERTACION Y PROGRAMACION DEL PRESUPUESTO PERTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS-  2012 – DEL DISTRITO DE SAN LUIS-CAÑETE
ARTICULO PRIMERO.- La presente Ordenanza tiene por objeto regular la efectiva participación de la  Sociedad Civil en el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados del Distrito de San Luis-Cañete.
ARTICULO SEGUNDO.- Aprobar el Reglamento del proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el año Fiscal 2012 que regula la identificación, acreditación, participación y responsabilidades de los Agentes Participantes en el proceso.
ARTICULO TERCERO.- Aprobar el cronograma del proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados, Año Fiscal 2012 de la Municipalidad Distrital de San Luis – Cañete ( Anexo Nº 1).
ARTICULO CUARTO.- Autorizar la conformación del Equipo Técnico, el mismo que se ceñirá a las obligaciones establecidas en el Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01 y en el Reglamento de la presente Ordenanza. Está integrado por :
-          El Jefe del Área de Contabilidad y Presupuesto, quien lo presidirá.
-          El Jefe del Departamento de Obras.
-          El Jefe del Área del area de Personal
-          El Jefe del Área de Relaciones Publicas.
-          Dos Representantes de la Sociedad Civil con experiencia en el tema de presupuesto.
ARTICULO QUINTO.- La Municipalidad de San Luis solo financiara las propuestas de proyectos de ámbito o impacto Distrital que cuenten con el compromiso de aportes de la población.
ARTICULO SEXTO.-  Encargar a Secretaria General, Presidente del Consejo de Coordinación Local Distrital, al Presidente del Equipo Técnico de la Municipalidad y al responsable de la Oficina de Participación Vecinal, implementar las acciones y procedimientos que garanticen el cumplimiento pleno de la presente Ordenanza.
ARTICULO SETIMO.- Encargar al Jefe de la Oficina de Relaciones Publicas la publicación, impresión y la difusión de la presente Ordenanza, que entrara en vigencia al dia siguiente de su publicación.
REGISTRESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE

Delia Victoria Solórzano Carrión
Alcaldesa

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